Veri*Factu se va a octubre de 2028: qué cambia y qué no
Esta mañana publiqué aquí un artículo diciendo que las fechas de Veri*Factu eran firmes y que yo no contaría con otro aplazamiento. A mediodía, Hacienda ha anunciado justo eso: otro aplazamiento. Así que lo primero es reconocerlo. Me equivoqué, y el artículo de esta mañana ya no vale.
Vamos a lo que importa.
Qué ha pasado
El Ministerio de Hacienda ha publicado una nota informativa en la que aplaza las obligaciones pendientes del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (el Real Decreto 1007/2023, lo que todos llamamos Veri*Factu) hasta octubre de 2028.
Hasta esta mañana las fechas eran el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. Ahora pasan a octubre de 2028, que es cuando empieza a ser obligatoria la factura electrónica entre empresas para quienes facturan menos de 8 millones de euros al año.
El motivo que da Hacienda es razonable: no tiene sentido obligar a pymes y autónomos a cambiar su programa de facturación en 2027 y volver a cambiarlo en 2028 para la factura electrónica. Mejor un solo cambio. Lo pedían asesorías, gestorías, asociaciones de autónomos y bastantes empresas de software, y esta vez les han hecho caso.
Lo que todavía no es definitivo
Aquí conviene ser preciso, porque esta mañana pequé de lo contrario.
Lo que hoy sí ha salido en el BOE es la orden ministerial que regula la solución pública de factura electrónica, la que tendrá que estar operativa en octubre de 2028. El aplazamiento de Veri*Factu, de momento, es un anuncio en una nota de prensa. Tendrá que aprobarse la modificación de la norma para que sea oficial.
Y Hacienda ya avisa de que, después, habrá otra modificación para que Veri*Factu y la factura electrónica encajen entre sí y con lo que viene de Europa (la directiva ViDA, el IVA en la era digital). Es decir: la fecha cambia y, probablemente, también cambiará parte de la letra pequeña técnica.
Mi lectura es que octubre de 2028 es la fecha con la que hay que trabajar, con la cautela de esperar al texto publicado.
Qué no cambia
El fondo sigue igual. Si facturas con un programa, ese programa tendrá que generar registros que no se puedan manipular, encadenados unos con otros, y con su código QR en la factura. Las multas por usar software que permita llevar una doble contabilidad siguen ahí. Lo que se mueve es cuándo empieza a exigirse.
Tampoco cambia que tu proveedor de software es quien tiene que adaptar el programa. Tú lo que tienes que hacer es asegurarte de que el que usas está preparado y de que lo tienes bien configurado.
Lo que yo haría ahora
Si eres autónomo o tienes una pyme, no tienes que hacer nada urgente este año. Pero yo no me olvidaría del tema hasta 2028, por tres razones muy prácticas.
La primera: en 2028 no te van a pedir solo Veri*Factu, te van a pedir también enviar y recibir facturas electrónicas a tus clientes y proveedores. Es un cambio más grande que el que creíamos tener encima esta mañana, y afecta a cómo trabajas, no solo al programa.
La segunda: si estás pensando en cambiar de programa de facturación o de ERP, ahora tienes tiempo para elegir bien, en vez de elegir con prisa en diciembre. Pregúntale a cualquier proveedor qué tiene previsto para la factura electrónica, no solo para Veri*Factu.
La tercera: los aplazamientos de última hora siempre dejan a alguien a medias. Si ya habías empezado a adaptarte, no lo tires. Lo que has hecho te va a servir.
Si usas Odoo
Odoo ya trae la parte de Veri*Factu para España, así que quien lo tenga configurado no ha perdido el trabajo. Lo que cambia es el foco: ahora el proyecto ya no es "activar Veri*Factu antes de enero", es dejar la facturación preparada para todo el sistema de 2028, factura electrónica incluida. Eso es lo que vamos a ir preparando estos meses con los clientes, sin prisas pero sin dejarlo para el final.
Seguiré contando aquí lo que se publique. Y esta vez esperaré al texto del BOE antes de decir que algo es firme.
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